LETRA S
Septiembre 4 de 2003

La normatividad en VIH/sida, vigente

Derechos humanos de las personas que viven con VIH/sida

Programa de trabajadores agrícolas México-Canadá



ls-credencialesDebido a las recientes notas del diario La Jornada en las que se ha afirmado que Censida viola derechos al pedir el apoyo en la realización de exámenes de detección del VIH para los migrantes que lo soliciten, consideramos fundamental hacer las siguientes aclaraciones:

México ha suscrito las Directrices Internacionales sobre Derechos Humanos y el VIH/Sida, así como la Declaración de Compromiso en la Lucha contra el VIH/Sida de la Asamblea Especial de Naciones Unidas (UNGASS), realizada el 27 de junio de 2001, con el propósito de eliminar toda discriminación contra las personas que viven con VIH/Sida y las poblaciones vulnerables. Asimismo, la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA-1993 para la Prevención y Control de la Infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana, publicada desde 1995 y actualizada en el 2001, establece que la detección del VIH/Sida debe ser voluntaria, con asistencia o consejería y los resultados en todos los casos deben ser entregados solamente al interesado o interesada.

En el marco de un acuerdo laboral México-Canadá se solicitó al Censida su intervención para que las entidades federativas otorgaran las facilidades pertinentes a los trabajadores agrícolas que acudan voluntariamente a los centros de información y detección del VIH/Sida estatales.

Censida al solicitar a su vez, a los Servicios Estatales de Salud, el apoyo para los trabajadores agrícolas que voluntariamente desean ir a trabajar a Canadá no viola ninguna directriz internacional en materia de derechos humanos ni la NOM-010-SSA-1993, ya que es el Gobierno de Canadá el que ha establecido el requisito de realizarle la prueba del VIH a toda persona que requiera visa en ese país.

La Dirección General de Relaciones Internacionales de la Secretaría de Salud ya ha expresado a las autoridades canadienses su preocupación por esta medida que contraviene las directrices internacionales y se seguirá insistiendo con las autoridades correspondientes sobre este asunto.

El Gobierno mexicano nunca ha establecido la prueba de detección del VIH como requisito para entrar o salir del país a cualquier mexicano o extranjero.

Hacemos patente que en ningún momento el Censida solicitó que las pruebas se realizaran sin cumplir con la normatividad vigente. Censida es la principal instancia en insistir en el cumplimiento de dicha normatividad, como consta en las diversas intervenciones y recomendaciones que se han realizado en los estados con relación al uso de la prueba de detección del VIH.

Es totalmente falso que el Censida haya solicitado que "los resultados se entreguen a la delegación de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) en la entidad que corresponda". Se reitera que de acuerdo con la normatividad vigente sólo podrán ser entregados los resultados directamente al interesado.

En México existen todavía diversas acciones discriminatorias y violaciones a los derechos humanos de las personas que viven con VIH/sida.

En ese sentido, Censida promueve diversas acciones para contribuir a disminuir esa problemática que incluyen, entre otros:
     la emisión de normas, lineamientos y documentos informativos sobre los derechos de las personas que viven con VIH/sida,
     coordinación con instituciones responsables de salvaguardar los derechos humanos,
     promoción de la documentación de los casos de violación de derechos humanos,
     promover investigaciones en materia de estigma y discriminación para definir líneas de acción, y
     capacitación y sensibilización del personal de salud en la materia.

Sabemos que falta mucho por hacer en esta área, pero se seguirá trabajando arduamente a través de propuestas y acciones concretas coordinadas entre la sociedad civil, personas que viven con VIH/sida y el gobierno.