México D.F. Viernes 29 de agosto de 2003
En vigor, disposiciones para anuncios espectaculares
Endurece el GDF sanciones a quienes violen el reglamento de publicidad
LAURA GOMEZ FLORES
El gobierno capitalino informó que a partir de este viernes se endurecerán las sanciones a las empresas de publicidad que infrinjan el nuevo Reglamento de Anuncios, con multas de 465 a 85 mil pesos, arrestos hasta por 36 horas, retiro de anuncios, revocación de licencias o permisos y clausuras y, en caso de resistencia, se utilizará la fuerza pública.
Además se considerará la responsabilidad solidaria de anunciantes, contratistas, directores responsables de obras y personas físicas o morales que permitan la instalación de anuncios que no cumplan con la normatividad.
A las empresas de publicidad exterior se les dará un plazo de 24 horas para retirar sus anuncios, cuando se determine su suspensión temporal, parcial o total. De lo contrario, la autoridad los quitará, con cargo al propietario y, en caso de reincidir, se impondrán multas hasta de 2 mil veces el salario mínimo.
En el documento, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, se establece también que cuando los propietarios o responsables de los anuncios obstaculicen las visitas de verificación, el retiro o la clausura de espectaculares instalados fuera de norma, se podrá recurrir al uso de la fuerza pública y se impondrán multas de 21 mil 365 pesos y arrestos hasta de 36 horas.
La dirección de servicios jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda podrá solicitar a la delegación correspondiente la revocación de licencias y permisos de publicidad en vías primarias, cuando las empresas proporcionen datos falsos sobre las características de los anuncios o el propietario se niegue a efectuar los trabajos de conservación y mantenimiento para evitar daños a la integridad física y material de los ciudadanos.
Dicha medida se aplicará también cuando la licencia haya sido expedida por un funcionario sin facultades para ello, y se obliga a los empresarios dedicados a la colocación de vallas en obras en construcción a solicitar la licencia correspondiente.
Normas para el transporte concesionado
Por otra parte, los dueños de unidades del servicio de transporte público concesionado deberán solicitar permisos para la portación de publicidad, previo pago a la Tesorería. La medida no es aplicable en el caso de vehículos particulares, debido a que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal eliminó tal facultad a la Secretaría de Transporte y Vialidad (Setravi).
Mario Alberto Medina, subdirector de Publicidad de la Setravi, explicó que el nuevo reglamento establece la creación de un registro de empresas del ramo, la disminución de trámites y tiempo de respuesta a las solicitudes, y el "endurecimiento" de las sanciones, con multas hasta de 42 mil 650 pesos, equivalentes a mil veces el salario mínimo vigente, y corralón.
Asimismo, determina que los vehículos con más de 10 años de antigüedad podrán portar publicidad -anteriormente sólo podían hacerlo los modelos 1999 y más recientes-, para que sus propietarios cuenten con una entrada extra de dinero y puedan renovar su unidad.
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