México D.F. Viernes 30 de mayo de 2003
Aprueba el Congreso local reformas al Código Penal
En Jalisco, hasta 10 años de cárcel a choferes imprudentes
DE LA CORRESPONSALIA
Guadalajara, Jal., 29 de mayo. El Congreso local aprobó por unanimidad 157 reformas al Código Penal del estado, entre ellas el polémico artículo que sujeta a choferes del transporte público a penalidades de entre cinco y 10 años de cárcel en el caso de participar en un accidente de consecuencias fatales.
Los líderes de los sindicatos camioneros, que presionaron en todo momento para evitar la aprobación de las enmiendas, advirtieron que intentarán convencer al Ejecutivo para que no publique en el Periódico Oficial las adecuaciones y, en caso de no tener éxito en esa instancia, amenazaron con ampararse.
Las principales reformas aumentan las penalidades a aquellos que resulten culpables de robar infantes, patrocinar y producir pornografía infantil, además de secuestradores, traficantes de menores, violadores, parricidas e infanticidas. De acuerdo con el código penal reformado, los reincidentes no podrán hacerse acreedores al beneficio de condonación y disminución de penalidades, ni siquiera mediante el trabajo comunitario.
En los días previos a la sesión de hoy, el sector empresarial criticó las propuestas de reformas, pues las consideró "insuficientes e ineficaces" y en vez de ellas proponía la elaboración de un nuevo código que elevara las penas a la mayoría de los delitos y suprimiera totalmente la suspensión condicional de la pena.
Las modificaciones, que llevaron más de un año de "cabildeo" y trabajo legislativo de los 40 diputados, fueron votadas por unanimidad y electrónicamente, por lo que el momento de la aprobación pasó casi inadvertido para las decenas de líderes camioneros que hacían presión en el recinto para evitar la aprobación de las medidas que calificaron de injustas.
Y es que el artículo 48 del código penal reformado refiere que todo aquel conductor de un vehículo de más de cuatro toneladas podría ser encarcelado, sin derecho a fianza, por participar en un accidente fatal habiendo excedido el límite de velocidad por más de 30 kilómetros por hora, si el accidente se produce cerca de escuelas y hospitales, y por conducir bajo la influencia del alcohol y enervantes y acumule reincidencias en esas faltas.
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