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México D.F. Viernes 16 de mayo de 2003
OBSERVATORIO CIUDADANO DE LA EDUCACION
Comunicado No. 99
Educación privada
Atribuirle mayor calidad es una generalización
cuestionable
Pendientes en la legislación
POCAS VECES SE COMENTA el significado de la educación
privada para el conjunto del sistema educativo y sus implicaciones para
la calidad o la equidad social. El notable crecimiento de su matrícula
en las dos últimas décadas, sobre todo en ciertos niveles
escolares, está modificando su peso social en el sistema educativo
y alterando la percepción colectiva de su relación con el
Estado. Conviene examinar críticamente las tendencias de su evolución,
así como las implicaciones financieras, sociales y políticas
de su presencia en el cambiante contexto nacional.
LOS NUMEROS. De 1980-1981 a 2000-2001, es decir,
en los últimos 20 años, la matrícula de escuelas privadas
creció en términos generales de 2.2 a 3.7 millones de alumnos;
en relación con la matrícula nacional aumentó de 10.3
por ciento a 12.5 por ciento. Por niveles escolares su evolución
fue muy diferenciada: en algunos la proporción que representa respecto
a la matrícula nacional registró fuerte decremento (aunque
en números absolutos hubo crecimiento), es el caso de la enseñanza
secundaria, cuya participación disminuyó de 17.3 por ciento
a 7.9 por ciento, de la educación profesional media (de 42 por ciento
a 22.3 por ciento) y de la capacitación para el trabajo que descendió
drásticamente de 78.2 por ciento a 44.4 por ciento; menor fue el
decremento relativo que registró el bachillerato (de 24.7 por ciento
a 21.7 por ciento). En cambio, en el mismo periodo hubo fuertes incrementos
en el nivel superior (de 16 por ciento a 32.1 por ciento), particularmente
en las licenciaturas (de 13.1 por ciento a 30.5 por ciento), así
como en primaria (de 4.9 por ciento a 7.7 por ciento); considerables fueron
los aumentos relativos en nivel prescolar (de 7.2 por ciento a 10 por ciento)
y en licenciaturas de educación normal (de 34.8 por ciento a 40
por ciento).
GRAN HETEROGENEIDAD. El análisis de estos
números nada dice respecto a la calidad de las instituciones privadas,
que ciertamente es muy variada, ni a la distribución de su matrícula
por estados o regiones ni a las motivaciones de los particulares para abrir
o sostener sus planteles. Se sabe, sin embargo, que las escuelas privadas
de educación básica, media o superior persiguen diferentes
objetivos: algunas responden a un proyecto cultural de grupos de origen
extranjero, otras buscan otorgar una educación con sentido religioso,
otras más experimentan con nuevas teorías y métodos
educativos. Pero en fechas recientes ha crecido el número de escuelas,
en particular al nivel medio y superior, que constituyen sin más
la venta lucrativa de un servicio educativo, claramente demandado para
afirmar la presencia pública de algunos grupos sociales o para preparar
recursos humanos adecuados a los requerimientos de las empresas, que florecen
ante la ausencia de servicios educativos públicos sobre todo en
el caso de muchas ciudades de tamaño pequeño y medio del
país. Por contraste, no conocemos estudios acerca de las motivaciones
de las familias para enviar a sus hijos a escuelas privadas, aunque se
presumen las siguientes: deseo de un servicio educativo de mayor calidad,
posicionamiento social útil para la futura vida profesional, la
preocupación por la protección y seguridad de los educandos
y -en algunos casos de escuelas confesionales- la voluntad de proporcionar
a los hijos determinada educación religiosa; ignoramos qué
peso tengan estas variadas razones, tanto en el conjunto de la enseñanza
privada como en sus modalidades y niveles escolares.
ES GRAVE QUE NO se conozca con precisión
la estratificación económica de los planteles particulares
medida por el monto de sus colegiaturas, aunque desde hace varios años
la SEP recaba estos datos para estimar los costos de la enseñanza
privada.
¿QUE OPINAR? LA BASE JURIDICA. El universo
de la educación privada es complejo y, dada la falta de datos, es
difícil fundamentar juicios sobre sus significados educativos y
sociales. Sugerimos las siguientes vertientes de reflexión. Jurídicamente
"los particulares podrán impartir educación en todos sus
tipos y modalidades" (artículos 3º constitucional y 54 de la
Ley General de Educación -LGE), aunque se requiere autorización
expresa para la enseñanza primaria, secundaria, normal y otras orientadas
a formar maestros de educación básica; en los demás
casos puede obtenerse el certificado de validez oficial de estudios. La
educación privada debe impartirse "con apego a los mismos fines
y criterios" establecidos en el artículo tercero, con excepción
de la laicidad, y cumpliendo los planes y programas de estudios (en primaria,
secundaria y normal); por lo mismo es objeto de las evaluaciones del Instituto
Nacional para la Evaluación de la Educación, según
consta en el decreto constitutivo de éste.
HASTA HACE UNA DECADA la situación legal
de la enseñanza privada era de indefensión jurídica:
el Estado podía revocar discrecionalmente las autorizaciones y desconocer
el valor oficial de sus estudios sin que contra sus resoluciones procediera
recurso legal alguno. Las reformas del artículo tercero de 1992
y 1993 superaron en lo sustancial esta situación, y es probable
que ello haya contribuido a activar su expansión. Contra la percepción
de algunos grupos sociales de que la educación nacional es asunto
exclusivo del Estado y de que la participación de los particulares
es una forma de "privatización" del servicio educativo nacional,
hay que recordar que la legislación vigente da a la enseñanza
privada completa legitimidad, aunque podría cuestionarse la pertinencia
jurídica de reconocer un carácter de "interés social"
a la inversión de los particulares en materia educativa (artículo
28, LGE). Esto no obstante, son numerosas las cuestiones jurídicas
pendientes. Del debate nacional recogemos: el derecho de la educación
privada a recibir subsidios públicos, la demanda de algunos grupos
de que las colegiaturas sean deducibles para efectos fiscales, el derecho
de las universidades privadas a concursar por proyectos de investigación
sostenidos con fondos gubernamentales o a recibir los estímulos
económicos del SNI para sus investigadores, la escasa carga impositiva
de planteles que obtienen buenas utilidades económicas, o la falta
de regulación del monto de colegiaturas. Al no haber legislación
suficiente ni criterios jurídicos consensuados se hace necesario
buscar ampliarlos y renovarlos.
LOS EFECTOS FINANCIEROS. Desde el punto de vista
financiero el crecimiento de la enseñanza privada es interpretado
por algunos como signo inquietante de la renuncia del Estado a asumir su
función educativa; otros, en cambio, argumentan que representa una
saludable contribución financiera (estimada en un punto porcentual
del PIB) al gasto educativo nacional.
EL DEBATE NACIONAL ganaría si se hiciese
un esfuerzo por superar las cargas ideológicas procurando fundamentar
las opiniones en datos comprobados. Importaría, por ejemplo, examinar
si las autoridades educativas están cumpliendo las metas de expansión
de la enseñanza pública que se propusieron, independientemente
de los incrementos de la privada. De hecho, a pesar de que durante el sexenio
pasado el examen de las cifras lleva a concluir que las metas propuestas
por el sector público se cumplieron, y aun fueron rebasadas, conviene
revisar aquellas que no fueron suficientes ante la demanda social por educación
superior, ya que la inversión privada aprovechó esa necesidad
social para lucrar con la venta del servicio educativo particularmente
en ese nivel. Otros argumentos (como el de que "cada plaza privada libera
recursos gubernamentales para una plaza pública" o el contrario
de la "doble tributación a las familias que optan por una escuela
privada") tienen supuestos ideológicos que no siempre se revelan,
y por ello impiden la crítica rigurosa y un debate serio sobre sus
planteamientos.
EFECTOS SOCIALES Y POLITICOS. La calidad de la
enseñanza privada es muy variada. Algunos argumentan que por el
hecho de ser de paga y sostenerse en el mercado ofrece un servicio de mayor
calidad que la pública, lo que sería una generalización
cuestionable, pues algunas escuelas privadas de muy baja calidad siguen
en operación por razones ajenas al nivel de calidad que ofrecen,
llegando aun a promover una cultura de simulación y apariencias.
PARA LA EQUIDAD SOCIAL parece fuera de duda que
algunas escuelas privadas de precios muy elevados (que supuestamente forman
a las elites dirigentes) proporcionan un servicio de clase y un beneficio
a las grandes empresas y contribuyen a reforzar estructuralmente las desigualdades.
Lo hacen por dos razones: segregan a los grupos poblacionales de mayores
ingresos impidiendo que se socialicen en contacto con los grupos de clases
medias y bajas y, además, afianzan prejuicios, valoraciones denigrantes
hacia los pobres y un deleznable "complejo de triunfadores" (so pretexto
de una discutible concepción de "excelencia educativa") que dañan
seriamente la cohesión de la sociedad.
DILEMAS. Definir la naturaleza de la educación
privada demanda un esfuerzo honesto de reflexión pluridisciplinaria
que tome en cuenta dilemas aún no resueltos. ¿Es la educación
particular una actividad profesional o empresarial amparada, como otras
actividades económicas, en la libertad de comercio o, por ser de
interés social y formar parte del sistema educativo nacional, está
sujeta a la supervisión y evaluación del Estado? ¿Están
las escuelas privadas, por el hecho de intervenir en la formación
de las futuras generaciones, sujetas a la discusión pública
de sus motivaciones, ordenamientos y efectos?
INTERROGANTES. A la sociedad le interesaría
saber si en las agendas de los legisladores y de los partidos políticos
figuran proyectos de iniciativas de ley o estudios que llenen los vacíos
jurídicos y esclarezcan las confusiones conceptuales mencionadas.
¿No sería saludable que los dirigentes de la educación
privada no sólo reclamen mayores seguridades y avances jurídicos
en su beneficio, sino que examinen críticamente las contribuciones
que espera la sociedad mexicana? ¿Considera la SEP suficientes las
actuales políticas respecto a la educación privada para interpretar
las disposiciones legales vigentes de manera que se salvaguarde la cohesión
de la sociedad, se refuerce la identidad nacional y se impulse un proyecto
compartido de país? Especialmente es necesaria una discusión
pública sobre el tema
.
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