Magdalena Gómez
Lo indígena en el reglamento de radio, otra falacia
Aomo si no fuera poco el agravio generado con el reglamento a la Ley de Radio y Televisión, la Secretaría de Gobernación regaló otra falacia a los pueblos indígenas al afirmar, sin fundamento, que con éste "se facilita la transmisión de programas en lenguas indígenas. A través de considerar a las lenguas indígenas (sic) como parte del idioma nacional dejará de ser necesaria la autorización expresa para transmitir programas en esas lenguas" (18/10/02).
Tal es la interpretación que en su desplegado de vana defensa hizo sobre el artículo sexto del referido reglamento, en el cual se expresa que "para efectos de la aplicación de la Ley Federal de Radio y Televisión se considerará que en el idioma nacional están comprendidas las lenguas de los pueblos y comunidades indígenas existentes en el país".
Criterio contrario al sostenido en la Ley General de Educación, el cual ordena "promover, mediante la enseñanza de la lengua nacional -el español-, un idioma común para todos los mexicanos, sin menoscabo de proteger y promover el desarrollo de las lenguas indígenas".
Hasta ahora a nadie se le ha ocurrido plantear que las lenguas indígenas formen parte del "idioma nacional"; se reclama el reconocimiento de las mismas como lenguas oficiales junto al español.
Pero ahí no acaba la distorsión, que es ante todo jurídica, y cuesta trabajo suponer ignorancia respecto al estatus de un reglamento en el que de manera obvia no se puede contradecir la ley que lo origina ni otorgar lo que aquélla no establece.
La Ley Federal de Radio y Televisión señala en su artículo 75: "en sus transmisiones las estaciones difusoras deberán hacer uso del idioma nacional. La Secretaría de Gobernación podrá autorizar en casos especiales el uso de otros idiomas, siempre que a continuación se haga una versión al español, íntegra o resumida, a juicio de la propia secretaría".
Lo "otros idiomas" son los considerados "extranjeros", tan es así que la propia Gobernación ha recibido reclamos contra radiodifusoras que se niegan a transmitir mensajes en lenguas indígenas así se acepte la traducción inmediata al español. Lo que importa destacar es que estamos de nuevo ante la distorsión de la demanda indígena incluida en la propuesta de la Cocopa, que reconocía el derecho de los indígenas a adquirir, operar y administrar sus propios medios de comunicación y que en la llamada reforma de 2001 quedó como la obligación de establecer condiciones para que así suceda. Inclusive en San Andrés se planteó de manera expresa la transferencia de las radiodifusoras del Instituto Nacional Indigenista a los pueblos indígenas, y esta dimensión de la llamada reforma institucional que el foxismo está cocinando no parece incluirse.
Es evidente que la problemática no guarda relación ni proporción con la traducción que Bucareli ostenta y reivindica.
Una y otra vez nos enfrentamos a la realidad política que plantea lo lejos que está el derecho indígena de encontrar su asiento y expresión plena en el orden jurídico nacional.
Llevamos siete años de debate continuo, de acuerdos firmados y traicionados, de diálogo suspendido, de convenios internacionales que no son justiciables, de políticas públicas que se niegan a transformarse, de seudorreformas pensadas para limitar su impacto, de ministros de la Suprema Corte de Justicia que con las controversias indígenas abdicaron de su función de intérpretes y se atienen a la letra aislada de cada norma, sin ver la Carta fundamental en su conjunto.
Y sin embargo, la fortaleza de los pueblos indígenas está en la claridad con la que asumen que para reconstituirse no les sirven los retazos jurídicos que el Estado insiste en ofrecerles, recordando aquello del intercambio de oro por cuentas de vidrio.
Las organizaciones sociales integrantes de la llamada mesa de diálogo han denunciado con sólidos argumentos las implicaciones jurídicas y políticas tanto del procedimiento como del contenido del reglamento referido.
Este es un botón de muestra de la precariedad del cambio. Lejos se está de pensar en mecanismos de participación con efectos vinculatorios; se sigue caravaneando con las mesas y los diálogos sujetos a la no muy frecuente buena voluntad del gobernante en turno que ahora golpean a un sector que confió en la interlocución y de paso, sólo de paso, se deja en el aire la cortina de humo "en favor" de los pueblos indígenas.