Declaró firme la sentencia a la televisora de reparar el daño moral causado al diario
Desechó la Corte recurso de Tv Azteca contra dictamen en favor de La Jornada
Deberá publicar el veredicto en periódicos en que se divulgó el desplegado motivo del litigio
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó ayer el recurso de revisión de amparo directo interpuesto por Tv Azteca, SA de CV, en contra de la sentencia del décimo segundo tribunal colegiado en materia cvil que dio la razón a Desarrollo de Medios (editora de La Jornada) en el juicio que interpuso en contra de la televisora por daño moral al causarle al diario, demérito en su reputación, credibilidad y honor.
Por decisión unánime de cuatro votos, el máximo tribunal declaró firme la sentencia del Tribunal Colegiado que condenó a la televisora a la reparación del daño moral causado a La Jornada mediante una indemnización que se cuantificará a través del incidente legal respectivo y a publicar un extracto de la sentencia que refleje adecuadamente el alcance y naturaleza del fallo, en las mismas secciones en que se publicó el desplegado periodístico que dio origen al litigio.
El 6 de marzo del año 2000, Tv Azteca publicó como inserciones pagadas en los periódicos El Universal, El Día, unomásuno, Excélsior, El Heraldo, Reforma y Milenio Diario, un desplegado que tenía como encabezado "Tv Azteca informa a la opinión pública", "La Jornada culpable", "Causa daño moral a Ricardo Salinas Pliego".
La Jornada presentó una demanda ante el juzgado segundo civil del Distrito Federal, por considerar que dicha publicación "atacaba de manera dolosa su reputación y credibilidad ganada como medio de información confiable, crítico y veraz y que las afirmaciones ahí contenidas se emitieron sólo con el objeto de dañar sus derechos y cambiar la concepción que la opinión pública tenía sobre ella, porque al leerlos provocaba la impresión de que era una persona jurídica de poca reputación y confiabilidad"
Inconforme con el fallo, la televisora interpuso recurso de apelación ante la quinta sala del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el cual confirmó la sentencia definitiva del juez, el 11 de abril pasado.
La quejosa interpuso recurso de amparo en contra de la resolución de la quinta sala ante la justicia federal. El décimo segundo tribunal colegiado en materia civil del primer circuito resolvió negar el amparo a Tv Azteca el pasado 4 de julio, pero inconforme con el fallo, la televisora presentó un recurso de revisión ante la Suprema Corte.
El máximo tribunal admitió el recurso bajo el expediente 1334/2002 y ayer lo declaró improcedente, confirmando la sentencia que le había negado el amparo en contra de los fallos anteriores.
En su dictamen, el ministro instructor, Humberto Román Palacios, determinó la improcedencia del recurso de revisión en el juicio de amparo directo, porque éste no cumplió con lo establecido por la legislación en la materia, ya que no se impugnó la inconstitucionalidad de una ley, de un tratado internacional o de un reglamento.
Como tampoco se plantearon en los conceptos de violación, la interpretación directa de un artículo de la Constitución, o que en su resolución el tribunal colegiado hubiera establecido la interpretación directa de la Constitución.
En la sentencia definitiva, el Tribunal Colegiado concluyó que la sentencia favorable a La Jornada respeta las garantías de libertad de expresión, información, sana crítica e imprenta.