Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Domingo 20 de octubre de 2002
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Política

Ese órgano refleja la insuficiencia y confusión imperantes en San Lázaro: Gómez Villanueva

Propuesta del PRI para regular los trabajos de la Sección Instructora

Plantea separar la declaratoria de procedencia de las denuncias de los juicios políticos

ROBERTO GARDUÑO

La Sección Instructora encargada de atender las demandas de juicio político y las declaraciones de procedencia contra integrantes de la Cámara de Diputados es el reflejo ''de la insuficiencia, confusión y ambigüedad'' que imperan en ese órgano legislativo, manifestó Augusto Gómez Villanueva.

A nombre del grupo parlamentario del PRI, el legislador elaboró una iniciativa para reformar la Ley Orgánica del Congreso general, con objeto de regular los trabajos de la Sección Instructora, que desde el punto de vista de ese partido -sobre el que pesa el procedimiento de desafuero de Carlos Romero Deschamps- deberá dividirse en una sección encargada de la declaratoria de procedencia de las denuncias, y otra para la atención específica de los juicios políticos.

Gómez Villanueva señala en el texto los lineamientos de la propuesta de su partido: ''La Sección Instructora de declaratoria de procedencia deberá atender aspectos técnico-jurídicos, de carácter penal en forma preponderante, pues a ella toca dictaminar o proceder contra el inculpado, tomando en cuenta los elementos objetivos que permitan inferir la comisión de un delito. En materia de juicio político, de lo que se trata es de dictaminar si los servidores públicos determinados por la Constitución política han incurrido en actos u omisiones que redunden en perjuicio del interés público''.

Como no lo habían hecho en legislaturas pasadas, ahora los priístas proponen una reforma ''a fondo'' de la Comisión Jurisdiccional, encargada de nombrar y conformar la Sección Instructora. El reclamo de los legisladores del tricolor obedece a la integración actual de ese cuerpo legislativo, que tiene en sus filas a dos diputados del PAN, uno del PRD y otro del PRI.

Esa circunstancia determinará, como se dará a conocer el martes próximo, que Romero Deschamps incurrió en anomalías suficientes para iniciar un juicio de procedencia con vistas a desaforarlo.

La iniciativa priísta apunta directamente a la actual Sección Instructora, a todas vistas negativa para los intereses de su partido, porque ''en la última experiencia conocida por esta 58 Legislatura, la Comisión Jurisdiccional quedó reducida a un simple catálogo o listado de diputados, sin más función que la de la esperar que la Junta de Coordinación Política elija entre ellos a los cuatro que habrían de conformar la Sección Instructora, función pasiva que deteriora la dignidad de los representantes populares y la jerarquía de las comisiones''.

De tal forma, la propuesta priísta manifiesta que la Comisión Jurisdiccional no tendría razón de subsistir a menos que se le asigne un cometido legal dentro de los procedimientos de juicio político y declaración de procedencia.

El proyecto de decreto pretende reformar el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso, de la siguiente manera: ''La comisión jurisdiccional se integrará por un mínimo de 12 diputados y un máximo de 16, a efecto de que funja como instancia de resolución de los incidentes que se presenten en los procedimientos de juicio político y declaración de procedencia, y auxilie a la mesa directiva en la insaculación de los miembros de las secciones instructoras''.

También se reformaría el artículo 57-A, donde se establece que la Cámara de Diputados sustanciará el procedimiento de juicio político por conducto de las comisiones unidas de Justicia y Gobernación, independientemente de las materias adicionales que atiendan, las que al momento de su instalación designarán a cinco miembros de cada una de ellas para que en unión de sus presidentes y un secretario por cada comisión integren la Subcomisión de Examen Previo de denuncias de juicio político, que tendrá competencia exclusiva para los propósitos contenidos en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Uno de los candados elaborados por el PRI se incluye en el artículo 57-E para establecer que ''las secciones instructoras y comisiones de examen previo desahogarán los asuntos de su competencia en el orden cronológico en que hayan sido presentados y ratificados por el órgano competente de la Cámara''.

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