Su relación laboral "se regirá
exclusivamente" con el registrado en el organismo
En la federación de futbol se impide al jugador
invocar otro contrato
Los dirigentes incumplen; únicamente tres de
20 clubes entregaron el reglamento interno
MIGUEL ANGEL RAMIREZ /II
Si los jugadores creen en las palabras del presidente
de la primera división, Víctor Garcés, de que pueden
presentar otro documento para demostrar que ganan más de lo que
se registró en la Federación Mexicana de Futbol, están
perdidos.
El nuevo contrato utilizado por la dependencia para la
actual temporada es claro: "no pueden invocar la validez de otro".
El "contrato de trabajo deportivo" consta de 11 puntos.
El primero es para la "denominación de las partes"; nombre del club
y del jugador. Después vienen los "datos de constitución
del club". Es decir, si es asociación civil, sociedad anónima
o sociedad cooperativa.
La
"personalidad del representante legal del equipo" es a lo que se refiere
el punto número tres. Además de su nombre y poderes, deberá
proporcionar los datos de la escritura pública, la notaría
y el nombre del titular de ésta.
El cuarto es para establecer la vigencia del contrato,
y el quinto, el "sueldo total para la vigencia de la contratación".
Este puede hacerse desde la primera hasta la "quinta temporada".
En "la forma de pago: mensual ( ) quincenal ( ) por la
cantidad de ____", se puntualiza: "Este importe se deberá entender
como un salario integrado, es decir, ya estarán incluidas las partes
proporcionales que correspondan por prima vacacional, aguinaldo, séptimo
día y, en su caso, sin que pueda considerarse como integrante del
mismo el monto de las cantidades que se cubran como prima de transferencia.
"De no marcarse si la cantidad es en dólares o
moneda nacional se entenderá que se pagará en esta última
modalidad. Igualmente, si no se menciona se entenderá que el pago
será bruto.
"Si el sueldo del jugador es pagadero en moneda extranjera,
éste reconoce que el club podrá cubrirlo pagando el equivalente
en moneda nacional al tipo de cambio en vigor en la fecha de pago."
Fue dedicado para la "fecha de inicio de pago" y la terminación
del mismo el punto número siete.
Y el 8 para la "modalidad del salario: salario base____
prima por productividad_____".
Lo de los impuesto cayó en el noveno punto. Aquí
se indica: "El jugador reconoce que a las contraprestaciones pagaderas
por el club en términos de los numerales 5, 6, 7 y 8, del presente
contrato, se les deducirán los impuestos que deban ser retenidos
en términos de la Ley Fiscal correspondiente".
Luego vienen las condiciones de trabajo. "El jugador reconoce
que su relación laboral con el club se regirá exclusivamente
por lo dispuesto en el presente documento, por las disposiciones contenidas
en el reglamento interior de trabajo del equipo".
El ejemplar se encuentra "debidamente registrado en la
FMF y por el estatuto y reglamento del organismo, así como en la
Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA), y por
las disposiciones del título sexto, capítulo X de la Ley
Federal del Trabajo", y se entrega una copia al jugador .
Justo en el momento de entregar los contratos (el grueso
de los equipos lo hizo en la fecha límite, el pasado 2 de agosto),
los dirigentes empezaron a incumplir, pues sólo tres de los 20 clubes
proporcionaron su reglamento interior, confió una fuente de la FMF.
El último punto habla del registro y echa por tierra
lo que aseguró Víctor Garcés el pasado día
23. Para defender los dobles contratos, el también vicepresidente
de Cruz Azul aseguró que si un futbolista acredita con otro documento
que gana "100 pesos" y no "60", como fue registrado en la FMF, saldría
airoso de presentarse una controversia laboral.
Sin embargo, lo que dice el nuevo documento es contundente.
"Ambas partes aceptan y reconocen que el presente contrato deberá
ser inscrito ante la FMF, en términos del reglamento de competencia.
"Dependerá de dicha formalidad la vigencia y exigibilidad
de la totalidad de las contraprestaciones estipuladas en el presente contrato,
por lo que en caso de suscitarse alguna controversia, derivada de la relación
laboral entre ambos, no podrán invocar la validez de otro contrato
distinto al presente y deberán observar lo dispuesto en el artículo
56 del Estatuto de la FMF."
El registro de los contratos siempre ha causado sorpresas
-ahora fue el caso del portero Oswaldo Sánchez, cuyo pase pertenece
al América, juega en el Guadalajara y tienen planeado que termine
en Necaxa el siguiente año-, y aunque causan dolor de cabeza a la
FMF, son bienvenidos.
"A partir de la temporada de verano 2000, la federación
cobra una cuota de 20 mil y 10 mil pesos a los clubes de primera división
profesional y primera A, respectivamente, por el registro de cada jugador
y/o miembro del cuerpo técnico" , según los estados financieros
de 2001 y 2000 de la institución.