Miguel Concha
Prevención de la tortura
Teniendo en cuenta que a pesar de la creación y
adopción de instrumentos internacionales y regionales que la prohíben,
sigue existiendo la práctica de la tortura en muchos países
del mundo -México entre ellos-, y que por lo general este abuso
se comete en lugares de reclusión -ya sea para extraer confesiones,
informaciones o para intimidar-, el pasado 22 de abril la Comisión
de Derechos Humanos de la ONU aprobó en Ginebra, por una mayoría
sustancial de 29 votos a favor, 10 en contra y 14 abstenciones, un instrumento
innovador dentro del sistema de la organización internacional para
prevenirla en inspecciones de policía, agencias del Ministerio Público,
prisiones e instituciones psiquiátricas: el protocolo facultativo
de la Convención contra la Tortura.
La Convención contra la Tortura, que entró
en vigor hace ya 15 años, y cuenta todavía lamentablemente
con el menor número de ratificaciones que los demás tratados
internacionales de derechos humanos, establece en efecto un comité
encargado de vigilar su cumplimiento, mediante la realización de
investigaciones confidenciales, el examen de informes periódicos
y la adopción de decisiones sobre comunicaciones de particulares,
víctimas de tortura. Ello no obstante, únicamente 45 estados
han hecho hasta la fecha la declaración prevista en los artículos
20, 21 y 22, que autoriza estas acciones -México no lo hizo hasta
el año pasado-, y el comité sólo puede efectuarlas
cuando recibe información confiable, es decir, en definitiva, cuando
ya se ha producido y documentado la tortura.
El proyecto de protocolo facultativo, que tendrá
que ser estudiado y aprobado este año, tanto por el Consejo Económico
y Social como por la Asamblea General, y no entrará en vigor hasta
que lo ratifiquen 20 estados, establece un subcomité internacional
de expertos, autorizados a visitar cualquier lugar de reclusión,
bajo la jurisdicción de cualquier Estado que lo ratifique, "cuando
sea necesario y sin consentimiento previo", para comprobar el trato y las
condiciones de reclusión de las personas privadas de su libertad.
Basado en ello, el subcomité formulará al Estado en cuestión
recomendaciones encaminadas a ayudarle a cumplir de forma efectiva su obligación
de prevenir la tortura y los malos tratos.
El proyecto pide también a los estados-parte que
con los mismos objetivos creen o mantengan mecanismos nacionales de supervisión,
con acceso, sin necesidad de consentimiento previo, a cualquier lugar de
detención. Se trata, pues, no únicamente de descubrir y corregir
la comisión de este delito, sino sobre todo de prevenirlo, aunque
en el caso de México es muy probable que, de ratificarlo, como lo
esperamos, se privilegien los mecanismos de supervisión de los organismos
públicos de derechos humanos.
Este instrumento, que culmina el proceso que puso en marcha
la ONU, cuando confirmó la prohibición formal de la tortura,
y decidió elaborar normas más pormenorizadas en la propia
convención, comenzó a prepararse desde 1991, cuando Costa
Rica presentó el borrador actualizado de un texto elaborado en 1978
por el Comité Suizo contra la Tortura, que se convirtió posteriormente
en la Asociación para la Prevención de la Tortura, así
como por la Comisión Internacional de Juristas. Sobre la base del
borrador de Costa Rica, en 1992 la Comisión de Derechos Humanos
de la ONU creó un grupo de trabajo abierto para elaborar el proyecto
de dicho protocolo, que desde entonces vino reuniéndose cada año,
durante dos semanas, y en el que participaron tanto miembros como no miembros
de la comisión, lo mismo que organizaciones intergubernamentales
y ONG de derechos humanos.
En la reunión del grupo de trabajo en febrero de
2001, México y la Unión Europea presentaron proyectos de
texto nuevos. El de México planteaba la posibilidad de que los mecanismos
nacionales fueran los que realizaran las visitas imprevistas a los centros
de detención, pero organismos internacionales defensores de los
derechos humanos de gran reputación, como Amnistía Internacional,
se opusieron, porque saben por experiencia que éstos carecen muchas
veces de imparcialidad e independencia. México flexibilizó
este año su posición, en aras de obtener la aprobación
del proyecto, y por las informaciones que hasta el momento hemos recibido
es muy probable que se haya llegado a una solución de compromiso,
lo cual reforzará la responsabilidad de los organismos públicos
de derechos humanos para prevenir la tortura en los lugares de reclusión.