Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Sábado 12 de enero de 2002
  Primera y Contraportada
  Editorial
  Opinión
  Correo Ilustrado
  Política
  Economía
  Cultura
  Espectáculos
  Estados
  Capital
  Mundo
  Sociedad y Justicia
  Deportes
  Lunes en la Ciencia
  Suplementos
  Perfiles
  Fotografía
  Cartones
  La Jornada de Oriente
  Correo Electrónico
  Busquedas








Política
006n1pol Ť PRD, PT, PVEM y PRI frenaron la iniciativa presidencial de generalizar el IVA

Cambios al impuesto sobre la renta, pilar de las reformas fiscales aprobadas por el Congreso

Ť Explicación de los acuerdos que alcanzaron los legisladores en los últimos días de diciembre

 CIRO PEREZ SILVA Y ROBERTO GARDUÑO

Las controvertidas reformas fiscales aprobadas por el Congreso los últimos días de diciembre, que aportarán al gobierno federal recursos estimados en 60 mil millones de pesos, descansan en las modificaciones al impuesto sobre la renta (ISR), aprobadas en comisiones por todas las bancadas, excepto la del PRD.

Con estas modificaciones, los legisladores de PRD, PT, PVEM y PRI evitaron que prosperara la iniciativa del presidente Vicente Fox ?apoyada hasta el final por el PAN? de gravar con IVA el consumo de todos los productos y servicios, incluidos alimentos, fármacos y colegiaturas, entre otros.

Las negociaciones para arribar a un acuerdo fue con oportunidad para identificar, por ejemplo, a los legisladores que defendían a los industriales del tabaco, como el priísta Salvador Rocha Díaz; de las telecomunicaciones, el senador Alejandro Gutiérrez y el diputado Jorge Chávez Presa (ambos del PRI), y de los refresqueros, Carlos Aceves del Olmo (PRI). Junto con otros, pasaron de legisladores a cabildeadores.

Las reformas promovidas en la Cámara de Diputados derivaron en los siguientes acuerdos:

Sistema de Crédito al Salario

Por considerar que el crédito al salario, erogado por el gobierno en favor de los trabajadores, no ha cumplido el propósito de ser un verdadero apoyo, se estableció un mecanismo que fortalezca el pago de dicho crédito a una tasa de 3 por ciento. Se aplicará sobre el monto de las erogaciones que por concepto de salarios y demás prestaciones paguen los patrones a sus empleados.

Sin embargo, no se consideran como erogaciones las contribuciones de seguridad social. Esta modificación permitirá al gobierno contar con 25 mil millones de pesos adicionales. Esto, sin afectar las prestaciones sociales de los trabajadores, mismas que no sufren cambios.

Otros aspectos relevantes de la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta en materia de tasas y tarifas establecen para las empresas una tasa de 35 por ciento para 2002, que se reduce gradualmente ?un punto porcentual por año? para que a partir de 2005 se fije en 32 por ciento.

Para las personas físicas se establece como tasa máxima de la tarifa 35 por ciento, que también se irá reduciendo en forma gradual hasta alcanzar 32 por ciento en 2005 .

Se elimina la tasa reducida de 30 por ciento que se aplica cuando las utilidades se reinvierten. Dicho incentivo para la reinversión será sustituido por un mecanismo de deducción inmediata a fin de fomentar la inversión productiva y el desarrollo regional equilibrado. La tasa de descuento propuesta por el Ejecutivo era de 8 por ciento, pero para estar acorde con el nivel de tasas actuales, el Congreso la ubicó en 6 por ciento.

Personas morales transparentes

Se elimina el régimen simplificado aplicable a los contribuyentes de los sectores primario y del autotransporte, y se sustituye con el régimen de personas morales transparentes, con el cual se siguen reconociendo las características particulares de estos contribuyentes, sujetándolos a un esquema de flujo de efectivo, que establece que sus ingresos se acumulen cuando se cobren, y sus deducciones, cuando se paguen.

El régimen fiscal aplicable a las personas físicas que desarrollan actividades empresariales en los sectores primario y del autotransporte amplía de 4 a 10 millones de pesos el límite máximo de ingresos para que puedan tributar en este esquema.

Régimen de pequeños contribuyentes

Se establece como límite de ingresos 1.5 millones de pesos anuales, aplicando una tasa de uno por ciento sobre ingresos brutos. Se establece la facultad de que los gobiernos estatales opten por aplicar un gravamen para los contribuyentes personas físicas, que lleven a cabo actividades empresariales con ingresos hasta de 4 millones de pesos, con una tasa hasta de 2 por ciento.

Adicionalmente podrán aplicar un gravamen a la ganancia por la enajenación de bienes inmuebles propiedad de personas físicas.
sesion_31dc
Globalización de los ingresos de las personas físicas

Se aprobó que las personas físicas acumulen la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio. Se pretende con ello fortalecer el principio constitucional de equidad y proporcionalidad que debe estar presente en los impuestos, al tiempo que se eliminan los distintos regímenes cedulares que hoy existen. Las personas físicas pagarán el impuesto sobre la totalidad de sus ingresos de acuerdo con su capacidad real contributiva.

Este sistema permite cerrar brechas de evasión y elusión fiscales que hoy existen con motivo de los regímenes cedulares. Se establece que los intereses derivados de instrumentos de inversión gubernamentales queden como hoy se gravan los instrumentos de inversión corporativos o privados. Dicho impuesto entraría en vigor en el ejercicio fiscal de 2003.

Enajenación de acciones de la BMV

Se elimina la exención general de que gozaba la enajenación de acciones en bolsa de valores. Sólo aplicará la exención respecto de acciones realmente bursátiles, esto es, cuando más de 35 por ciento de las acciones está ofertada por la bolsa y ha estado así por más de cinco años.

No se aplica cuando la venta en bolsa se hace por cruces protegidos o figuras diferentes de la oferta pública; con ello se evita que se disfracen operaciones con el único incentivo y objetivo de no pagar el impuesto sobre una ganancia obtenida al enajenar acciones.

Nuevas deducciones de las personas físicas y morales

Se incorpora como deducción personal de las personas físicas el monto de los intereses reales efectivamente pagados en créditos hipotecarios, cuando el valor de la vivienda no exceda de 1.5 millones de Udi. Esta medida pretende fomentar el acceso a una vivienda digna, además de incentivar la expansión de la actividad de la construcción.

Asimismo se deducirán los gastos en restaurantes hasta por 50 por ciento del monto de la factura. Esta medida busca incentivar la fiscalización de los restaurantes por parte de los consumidores.

Reformas a la ley de IEPS

Aguas gasificadas, refrescos y bebidas hidratantes. Los diputados argumentaron en sus dictámenes que para no ocasionar una afectación a la industria azucarera, el impuesto a los refrescos y bebidas refrescantes se aplicará exclusivamente a aquellos que para su producción utilizan la fructosa en sustitución del azúcar de caña. Es decir, los productos de esa categoría que se elaboren con azúcar nacional tendrán una ventaja competitiva sobre los demás.

Esa medida generará un impacto racaudatorio ?si se suman los recursos provenientes del gravamen a las cervezas? de 11 mil 84 millones de pesos. No se afectará la producción de aguas naturales envasadas, jugos y néctares, así como los refrescos de pulpa y frutas.

Telecomunicaciones

La iniciativa inicial en el terreno de las telecomunicaciones pretendía establecer un impuesto especial a estos servicios con una tasa de 10 por ciento, exentando la telefonía básica residencial, la telefonía pública, la telefonía rural, renta básica de servicios de Internet, servicios de administración de datos y dominios, interconexión, larga distancia internacional, comunicaciones de servicios de emergencia y la telefonía celular por medio de tarjetas prepagadas, hasta un límite de 200 pesos.

Para ese caso, el Senado de la República modificó la citada propuesta y sólo autorizó el gravamen de 5 por ciento ?que fue aceptado en la Cámara de Diputados? a la telefonía celular por contrato, sector de la industria que proveerá de 3 mil 830 millones de pesos al erario, afectando de manera directa a los estratos medios y altos de la sociedad.

Tabacos labrados

El consumo de los tabacos y cigarros fue gravado, "porque todo aquello que afecte la salud debe pagar más". Esa fue la lógica de los diputados, y la repercusión en términos de recursos es tan alta y significativa porque, de acuerdo con las organizaciones de salud, se elevó la tasa en cigarros con filtro de 100 a 105 por ciento, y de cigarros populares de 20.9 a 60 por ciento, y se estableció un esquema para llegar a una tasa única de 110 por ciento en 2005.

En el caso de la elaboración artesanal de puros, la tasa aplicable en dichos productos seguirá siendo la misma (20.9 por ciento). Los recursos que se allegará el gobierno federal en ese sector serán de 9 mil 842 millones de pesos.

Bebidas alcohólicas

La reforma en ese sector de la producción obedeció a que se han presentado dificultades por el esquema aplicado en la producción, envasamiento e importación de bebidas alcohólicas. Se modificó el esquema de cuota por litro por un esquema ad valorem ?porcentaje sobre el valor? con una tasa de 45 por ciento. Con ello se pretende eliminar las distorsiones a la carga efectiva del impuesto sobre productos similares en envases de distinta capacidad y precio, fundamentalmente por la desviación de precios relativos y la desigualdad de cargas fiscales.

En el caso específico del tequila, que desde 1998 ha venido enfrentando un encarecimiento del precio del agave, resultado de la pérdida de la superficie cultivada de ese año, a causa de las condiciones climáticas, se hace necesario apoyar el cultivo del agave para que a corto plazo se cuente con el abastecimiento de la materia prima y evitar una pérdida de fuentes de empleo en el campo:

"Por ello se propone el otorgamiento de un crédito fiscal determinado con base en la adquisición de agave hasta de 50 por ciento del impuesto especial causado por la enajenación de tequila, propuesto en la Ley de Ingresos de la Federación para el 2002. Allí se obtendrán 3 mil 183 millones de pesos."

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
Día Mes Año