JUEVES Ť Ť NOVIEMBRE Ť 2001

Ť Instrumento básico de difusión, dice el primero

Tiempos oficiales, tema que enfrenta a gobierno y CIRT

Ť Suprimirlos, demanda central de empresarios de radio y tv

ALONSO URRUTIA

Pese a que una demanda central de los concesionarios de radio y televisión en las mesas para la reforma de medios electrónicos es la supresión de los denominados tiempos oficiales obligatorios, el gobierno federal considera la preservación de ese 12.5 por ciento como ''fundamental'', ya que es un instrumento básico para la difusión de los programas públicos, por lo que no prevé su modificación.

Con el voto particular de la CIRT en contra, el documento de conclusiones de la mesa de programación sostiene que se debe cumplir cabalmente el artículo 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión, así como su reglamento. Agrega que se deberá definir en dicha legislación ''las formas de administrar el tiempo del Estado entre los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), órganos autónomos y sociedad''.

Para los empresarios, mantener los tiempos oficiales del gobierno es prolongar una decisión ''autoritaria'' heredada del pasado régimen. Sostienen que dicho impuesto en especie es atentatorio al derecho de libre expresión. Sin embargo, las conclusiones recogidas dieron entrada a la propuesta de los grupos de participación ciudadana, que plantearon su preservación, pero bajo otra modalidad: el pago de 6.25 por ciento en las condiciones vigentes, y el resto liquidado en efectivo, con el objeto de que esos recursos sean destinados al impulso de la producción independiente, favoreciendo el acceso de la sociedad civil a los medios electrónicos.

Se indica que será la autoridad quien determinará los horarios de transmisión y serán obligatorios para los concesionarios. Al respecto, la CIRT planteó ''que la ley quede como está y que la autoridad siga negociando con los concesionarios los horarios de transmisión''. Cabe destacar que durante el proceso electoral de 2000, el IFE cuestionó la actitud de la CIRT que difundió -durante una parte de la campaña- sus mensajes principalmente en horas de la madrugada, disminuyendo sensiblemente su impacto entre la población.

No a la censura

Las conclusiones recogen las diferencias que no pudieron ser salvadas, como la programación. Para la Cámara de la Industria de Radio y Televisión, las sanciones aplicadas por los contenidos de los programas no pueden ser un elemento en la valoración para renovar o revocar los títulos de concesión. Los empresarios consideran que los criterios aplicados para tal efecto deben ser exclusivamente de carácter técnico: potencia, ubicación del equipo de transmisión, entre otros. De lo contrario, estiman, ''se atentaría contra la libertad de expresión''.

El documento parte de un pronunciamiento en contra de cualquier tipo de censura. Son bienvenidos -señala- los códigos de ética que los medios se impongan, pero éstos deben partir de la normatividad establecida y ''no pretender suplirla''.

La representación de los concesionarios criticó la pretensión de conformar un órgano regulador responsable de la aplicación de la ley -sustituto del Consejo Nacional de Radio y Televisión, que nunca operó- cuya constitución, según dice el documento, debe ser plural ''para darle sentido de corresponsabilidad necesaria en la aplicación de la misma''.

Este punto motivó una postura independiente de la CIRT, recogida como ''voto particular'', y en la que planteaban el nuevo marco jurídico bajo nuevas líneas de desregulación de trámites y autoclasificación de materiales (programación para toda la familia o adultos). La propuesta pretende dejar en los concesionarios la responsabilidad de clasificar sus materiales, como parte de un ejercicio de libertad de expresión, si bien admiten que la autoridad fije criterios generales de clasificación que aplicarían independientemente los propios concesionarios.

Por el contrario, los representantes de la Cámara de Diputados plantearon que la legislación fije un conjunto de medidas de protección a públicos específicos, como el infantil o juvenil, que considere una ''supervisión de contenidos'' y el cumplimiento estricto de los horarios de transmisión; asimismo, impedir que la programación exalte la violencia o la sexualidad, fomente adicciones o ''corrompa el lenguaje''.

El derecho de réplica -plantean- deberá incorporarse al texto de la Ley Federal de Radio y Televisión, mismo que será concedido a toda persona que se sienta perjudicada en su prestigio y dignidad por una información o comentario difundido por medios electrónicos.

Finalmente, sobre publicidad, se acordó que los mensajes deberán seguir lineamientos básicos: no contener representaciones degradantes o ridiculizantes de las personas; presentar diversos tipos físicos, demográficos y raciales; respetar la clasificación de horarios establecidos; prohibir los mensajes con recursos subliminales, y restringir los avances de programación para adultos a los horarios de este tipo de contenidos.