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Propone otorgar a jueces la facultad de calificar las detenciones de implicados en delitos

Busca el Panal reforma a la justicia militar ante patrón de abusos de soldados y policías
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Elementos del Ejercito, el pasado 3 de octubre en el Campo Militar número 1Foto Cristina Rodríguez
 
Periódico La Jornada
Sábado 9 de diciembre de 2017, p. 6

El patrón de violaciones a derechos humanos de los ciudadanos por policías y fuerzas armadas en México requieren de una modificación al Código de Justicia Militar, con objeto de otorgar al juez de control militar de la causa la facultad de calificar si la detención de los implicados en un acto delictivo se enmarca en la flagrancia o causa urgente.

En la Cámara de Diputados se presentó una iniciativa de reforma fundamentada en las recomendaciones, entre otras, de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), instancia que ha sostenido la urgencia de implementar programas integrales de capacitación y formación en materia de derechos humanos, desde las instancias de las fuerzas armadas y las poli­cíacas civiles.

La reforma al Código Penal Militar por el partido Nueva Alianza (Panal) pretende que en los casos de detenciones de personas, “éstas sean puestas inmediatamente a disposición del agente del Ministerio Público que corresponda, absteniéndose de infligirle tratos crueles e inhumanos, y no se utilicen las instalaciones policiacas como centro de detención.

La actuación de los servidores públicos encargados de preservar el orden y la paz públicos se tiene que ajustar a los estándares que establece la Constitución, las leyes que de ella emanen y los tratados internacionales en materia de protección y defensa de las víctimas del delito.

La Corte Interamericana de De­rechos Humanos ha dispuesto que la investigación de los delitos debe ser seria, imparcial y efectiva por todos los medios legales disponibles y orientados a la determinación de la verdad.

Todos los actos violatorios de los derechos humanos, como la incomunicación, uso excesivo de la fuerza, privación de la vida, detenciones arbitrarias, cateos ilegales y tratos inhumanos, ofenden a la sociedad cualquiera que sea su naturaleza.

La propuesta de reforma a los artículos 71 y 79 al Código de Justicia Militar, refieren que los jueces militares de control tienen entre sus atribuciones resolver sobre los casos de flagrancia o causa urgente.

El registro de la detención debe incluir derechos y garantías consagrados en la Constitución; imponer las sanciones correctivas administrativas o penales en que se incurriese.