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Implican uso indebido de la pauta en la campaña electoral: Morena

INE rechaza sacar del aire espots de gobierno mexiquense y PRI

Tampoco procede medida cautelar contra dos promocionales panistas

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En el espot de campaña de Alfredo del Mazo Cambio PRI, difundido por televisión, se observa un video en el que se escucha la voz de la panista Josefina Vázquez Mota decir: Ocho de cada 10 mexiquenses quieren un cambio, y Del Mazo completa: los mexiquenses quieren un cambio, yo también. Pero estoy seguro de que lo que no quieren cambiar son los tratamientos gratuitos para mujeres con cáncer, ni las becas, ni los programas para adultos mayoresFoto La Jornada
 
Periódico La Jornada
Sábado 22 de abril de 2017, p. 24

El Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó sacar del aire el promocional Informativo que difunde un programa social del gobierno del estado de México, así como de un espot del PRI que, en opinión de Morena y del PAN, se relacionan de manera directa e implicarían el uso indebido de la pauta durante la campaña electoral en esa entidad.

Con los votos en favor de los consejeros Adriana Favela, Beatriz Claudia Zavala y José Roberto Ruiz Saldaña, la Comisión de Quejas definió que el promocional (relacionado con un programa de salud gratuito contra el cáncer) se ajusta a la norma electoral.

La legislación señala que los gobiernos deben suspender toda difusión de propaganda gubernamental, con excepción de las campañas de información de servicios educativos y de salud, entre otras.

La votación se dividió en el caso del espot Cambio PRI (referente a tratamientos gratuitos contra el cáncer, becas, programas para adultos mayores e inseguridad), en el que aparece Alfredo del Mazo. La mayoría de la comisión determinó que su contenido cumple con la ley electoral respecto de la propaganda en periodo de campaña electoral.

Tanto las consejeras Favela como Zavala coincidieron en que propicia la exposición, desarrollo y discusión ante los votantes de los programas y acciones fijados por los partidos políticos en sus documentos básicos y de forma particular en la plataforma electoral que hubieran registrado para los comicios.

En sesión extraordinaria, Ruiz Saldaña se manifestó por suspender la difusión del espot referido, pues el solo hecho de que se transmita propaganda del gobierno del estado simultáneamente con la de campaña del tricolor sobre un mismo programa social con un lenguaje y frases similares en su contenido, y durante el periodo de campaña, podría afectar la equidad en la contienda electoral.

Por otra parte también declararon la “improcedencia de la medida cautelar solicitada por el PRI contra los promocionales Poker Edomex V2 y Poker Edomex, pautados por Acción Nacional en radio y en televisión en el estado de México.

El tricolor alegó que son de contenido genérico y carecen de elementos que los vinculen con su candidata a la gubernatura, Josefina Vázquez Mota, así como a la plataforma electoral panista.

Por unanimidad, los integrantes de la comisión indicaron que terminó la vigencia del primer espot y en el segundo, si bien no aparece la imagen y voz de Josefina Vázquez Mota, sí se hace mención de ella y del partido que la postula.

Señalaron que en las campañas electorales, tanto la legislación federal como la local refieren que la propaganda puede realizarse por los candidatos, los partidos políticos, dirigentes o voceros y, en su caso, serán los institutos políticos los que determinen quiénes deben aparecer en los promocionales, así como el contenido de su propaganda

Argumentaron que las fuerzas políticas tienen derecho a la autodeterminación y a su libertad para definir su estrategia de campaña, en la que es válida la comunicación persuasiva con la finalidad de desalentar la preferencia hacia un candidato o candidata, coalición o partido político contrincante.